Las instalaciones afectadas para el segundo dividendo digital son instalaciones colectivas las cuales tendrán que solicitar adaptación y en turiantena te contamos las claves para solicitar la subvención que está presupuestada públicamente.

¿Hay algún tipo de subvención para el 2DD?
La respuesta es sí, y la concesión está regulada según lo dictado en el real decreto 392/2019 destinado a compensar los costes derivados del segundo dividendo digital para poder adaptar las instalaciones que así lo requieran y como dice el mismo real decreto(sin discriminación y en igualdad de oportunidades).
¿A qué organismo público me dirijo para solicitarlo?
Red.es es el organismos asignado para tal fin,(según BOE) y por tanto el sitio al que dirigirse. Es la competencia responsable de revisar, gestionar, conceder y abonar todo tipo de subvención (si corresponde) para cubrir los costes derivados del segundo dividendo.
¿ Cuáles las ayudas otorgadas en Valencia para el Segundo dividendo digital?
Las ayudas en España van desde de los 104,30 € (la más básica) hasta los 677,95€ dependiendo del tipo de adaptación que haya que realizar, lo cuál depende básicamente de la ubicación geográfica en la que te encuentres.
Concretamente en Valencia hay básicamente 2 posibilidades:
1) Importe máximo de 260,75 € si la instalación es un sistema de antena colectiva basado en monocanales y que hubiera que instalar 2 amplificadores monocanales digitales
2)En el caso de que disponga de centralita programable el importe máximo sería de 104,30 € (no requiere equipamiento adicional)
Se puede comprobar y ampliar la información en la tabla que aparece al final del documento del Real decreto, a través de este enlace del BOE.
En dicha tabla consta la información de las cuantías que corresponden a cada área de la geografía española.
¿ Cómo y cuando presento la solicitud para la ayuda?
El plazo máximo es hasta el 30 septiembre de 2020 y la actuación deberá ser anterior a esa misma fecha.
Sólo se puede presentar a través de este sitio web oficial del ministerio.
Se requieren varios documentos:
-Factura independiente de la instalación para el segundo dividendo digital (emitido por el instalador)
-Boletín de instalación (emitido por el instalador)
–Recibo de domiciliación o Certificado de titularidad de la cuenta corriente del propietario o empresa responsable.
A partir de la fecha de la solicitud, el organismo dispone de 3 meses para resolver el trámite, si no hay resolución se puede considerar desestimada.
Enlaces de interés

También el mismo organismo público tiene una guía muy completa acerca del procedimiento